¿Qué es la formación bonificada?
¿Quién puede beneficiarse?
¿En qué consisten las ayudas?
Requisitos para acceder a los cursos
Procedimiento
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¿Qué es la formación bonificada?
Formación dirigida a los trabajadores ocupados, con tres claros objetivos:
- Favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores ocupados, mejorando su capacitación profesional y desarrollo personal.
- Proporcionar a los trabajadores los conocimientos y las prácticas adecuados a las competencias profesionales requeridas en el mercado de trabajo y a las necesidades de las empresas.
- Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.
El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, regula las distintas iniciativas de formación que configuran el subsistema de formación profesional para el empleo, la Fundación tripartita para la formación en el empleo es la encargada de impulsar y coordinar la ejecución de las politicas publicas en materia de formación de los trabajadores ocupados la gestion, seguimiento y control de las iniciativas de formación
¿Quién puede beneficiarse ?
Las empresas pueden formar a sus trabajadores a partir de esta iniciativa, de manera que pueden organizar, planificar y gestionar su formación cuando quieran, donde quieran y como quieran, a lo largo del año y en la modalidad formativa que consideren.
Serán beneficiarios de la formación continua, los trabajadores en cualquiera de las siguientes situaciones:
- Los trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas privadas
- Los trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación.
- Los trabajadores que accedan a la situación de desempleo estando en período de formación
- Los trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
¿En qué consisten las ayudas?
Las ayudas se concretan en bonificaciones, descuentos directos en los seguros sociales de las empresas que permiten incluir el coste total del curso.
Para ello, cada empresa dispone del llamado Crédito Anual Formativo, que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior, el porcentaje de bonificación que se establece la Ley.
Las subvenciones otorgadas para la formación contínua serán abonadas a la empresa, que decidirá las acciones formativas a implantar y a que tabajadores previa comunicación a los representantes sindicales o en su ausencia a los propios interesados.
Requisitos para acceder a los cursos
Por parte de la empresa:
- Ser empresa de titularidad privada.
- Estar al corriente en los pagos de la Seguridad Social y Hacienda.
- Firmar Anexo de Adhesión.
Por parte del alumno :
- Ser trabajador acogido al Régimen General de la Seguridad Social al inicio del curso.
- Cubrir y enviar al centro, acompañado de fotocopia del DNI y del cabecero de la última nómina la Ficha de Inscripción.
Procedimiento
REALIZACIÓN DEL CURSO DE FORMA TOTALMENTE GRATUITA
LA EMPRESA NO ADELANTA NINGÚN DINERO

Esquema del procedimiento:

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